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Modificada el 10 de noviembre de 2011

Título de Villa

El Castillo

Vecinos y profesiones del municipio en 1752

El Catastro del Marqués de la Ensenada


Historia de Espeja

La historia del pueblo y del municipio, pues en muchos casos van ligados, puede leerse en el libro "Historia de la Villa de Espeja y sus cosas notables" de Eugenio Delgado, documento que también está colgada en la red en el sitio web de Tito García. Acceder. (Atención al navegador: el índice no se despliega con Firefox).

Quizás los dos hitos más importantes son la primera referencia escrita en el Documento de los Infanzones y la adquisisción del título de Villa en 1653, otorgado por el rey Felipe IV.

Título de Villa

"En la Villa de Espeja a veinte y siete dias del mes de agosto de mill y seiscientos y cinquenta y tres anos en presencia del dicho Concejo de la dicha Villa de Espeja continuando la possesion de ser Villa con juridicion alta y vaja lebantaron y pusieron en la plaça junto a la Yglesia y la cassa de la Audiencia una Picota y Rollo en la forma y de la manera que otras villas le tienen en el qual pussieron dos argollas de yerro y el dicho juez dello tambien dio possesion y la dicha Justicia y Regimiento la tomaron quieta y pacificamente sin contradicion alguna y de ello pidieron testimonio y el dicho Juez se lo mando dar y mando se notefique en publico a todos no quiten el dicho rollo y picota ni la estorven a la dicha villa de Espexa y sus quatro aldeas su Concejo de serlo con jurisdicion Zivil y Criminal y executiva pena de cinquenta mill maravedis para la Camara de su Magestad y que se procedera contra ellos por todo el rigor de derecho y lo firmo siendo testigos Manuel de Briega Alguacil y Antonio de Pernia vecinos de la Villa de Aranda y otras muchas personas que se hallaron presentes a levantar el dicho Rollo y picota El Licenciado Juan de la Oya Ante mi Joseph Gonzalez de Ojeda.

Y luego yncontinenti yo el dicho escribano notefique e hice notorio el auto probeido por el dicho Juez a los vecinos de la dicha villa de Espeja y sus quatro aldeas que estavan presentes quando se levanto el dicho rollo y picota y otras personas que de lugares diferentes de aquella Comarca se hallaron presentes a lo dicho y lo firme testigos los dichos Joseph Gonzalez de Ojeda.

En la dicha villa de Espeja el dicho dia veinte y siete de agosto del dicho ano de mill y sescientos y cinquenta y tres la Justicia y Regimiento de la Villa de Espeja y sus aldeas de su Concejo en continuacion de ser villa con jurisdicion Zivil criminal y executiva se fue al cerro y cuesta de la Rassa de los llanos que mira a la villa y en la cumbre de dicho cerro y cuesta se pusso y levanto uma Orca de medera alta de tres palos por insignia y señal de ser villa la dicha de Espeja y su Concejo con Jurisdicion alta vaja mero misto imperio Civil Criminal y Executiva adonde quedo puesta y fixada la dicha orca y pidieron se diese por testimonio como se ponia quieta y pacificamente sin contradicion alguna y el dicho Juez se le mando dar y que ninguna persona quite dicha orca pena de cinquenta mill maravedis para la Camara de su Magestad y que se procedera contyra ellos por todo rigor del derecho y lo firmo siendo testigos Manuel de Briega Alguacil y Antonio de Pernia vecinos de la villa de Aranda y otra muchas Personas que se hallaron presentes al levantar y fixar dicha Orca. El Licenciado Juan de la Oya Ante mi Joseph Gonzalez de Ojeda.

Y luego yncontinenti yo el dicho escribano notefique e hice notorio el auto probeido por el dicho Juez a los vecinos de la dicha villa de Espeja y sus aldeas que estavan presentes quando se levanto dicha Orca y otras muchas personas que de lugares diferentes de aquella comarca se hallaron presentes a lo dicho y lo firme en fee dello Testigos los dichos Joseph Gonzalez de Ojeda".


arriba

El Castillo

"La conquista y repoblación de las tierras de Espeja correrá a cargo del conde castellano Gonzalo Fernández, antes del año 912. Se supone que es en este momento cuando se funda la aldea de Espeja y se construye en un montecillo cercano conocido como El Castillo, una pequeña fortificación con una doble función, por una parte, como atalaya de vigilancia y también, como refugio de urgencia para la población de Espeja en caso de contraataque musulmán.

Restos de la atalaya

El propio nombre de nuestro pueblo tiene una etimología relacionada con esta fortificación. Espeja deriva de Spelia con el significado de "vigía".

Poco tiempo después de esta fundación serían repobladas las aldeas aledañas de Guijosa, Orillares, La Hinojosa, Quintanilla, que hoy todavía subsisten y también, serían repobladas aquellas aldeas ya citadas en épocas anteriores como Los Casares, Santo Venia o El Ortigal. "

 

Historia de la Villa de Espeja, página 25

Eugenio Delgado


arriba

Vecinos y profesiones del municipio en 1752.

Se enumeran los nombres que se han extraido del Catastro de Ensenada y que por tanto son citados en él. Los que tenían colmenas están aparte, aunque algunos se repiten por tener varias actividades. Habrá que depurar para obtener el listado definitivo.

Autoridades y representantes de los pueblos que respondieron a las preguntas.

Alcaldes ordinarios: Carlos Jorge y Juan de Miguel.

Regidores: Juan de Lamata, Manuel de Encavo, Francisco Martin, Manuel de Zecilia y Mathias García.

Procurador síndico general: Juan de Estevan.

Peritos de los pueblos nombrados por el ayuntamiento: Manuel y Nicolás de Encavo moradores en el casco de esta villa, Ambrosio Llorente morador en la aldea de Guixosa, Mathias Estevan morador en la de San Asenjo, Juan de Lucas morador en la de Orillares y Gerónimo López morador en la de La Inojosa.

Organización municipal de la Villa

"....e pueda haber e aya dos alcaldes, el uno de la dicha villa de Espexa perpetuamente para siempre jamas que es donde se ha de poner la orca y picota y donde han de estar las demas insignias de la villa como cabeça y el otro de una de las dichas cuatro aldeas alternativamente un año en una y otro en otra y un alguacil en la dicha villa de Espexa y cinco Regidores uno en ella y cuatro en las dichas aldeas...."

Aproximadamente cien años despues de que Espeja adquiriese el título de Villa, vemos aquí reflejada la organización municipal de que fue dotada.

El procurador síndico general era una persona que en los ayuntamientos o concejos tenía el cargo de promover los intereses de los pueblos, defendía sus derechos y se quejaba de los agravios que se les hacían.

Funcionarios

Médico: Joseph Antonio Matheo.

Cirujano: Francisco Malmonje.

Escribano: Nicolás de Encavo.

Cura párroco de Espexa: Miguel de Corella prior del monasterio.

Aprendiz de cirujano: Manuel Izquierdo.

Arrieros

Manuel Moreno que es también labrador.

Carpinteros y canteros

En Orillares: Martin De hortega, mediado y Thomas Llorente.

En Espexa: Carlos Jorge, Joseph Llorente y Miguel hijo del dicho Joseph.

Carreteros

En Espexa: Manuel Gomez, Domingo Encabo, Manuel Moreno, menor y Geronimo Santiago.

En San Asenjo: Francisco Valle y Juan Estevan.

Todos son también labradores.

Herreros

En Espexa: Manuel Varrio, además labrador y cerrajero.

En La Inojosa: Juan Varrio, también labrador.

Tejedores

Con dedicación exclusiva.

En Orillares: Cristoval Plaza.

En Espexa: Sevastian De Hortega

Además son labradores.

En Espexa: Pedro Ortega mayor de sesenta años, Antonio de Dueñas hixo de Phelipa Delamata, maior de diaciocho años, Manuel de Dueñas maior, Manuel de Dueñas menor y Bernardo de Diego.

En Orillares: Isidro de Dueñas y Juan Dela mata.

En La Inojosa: Gerónimo de Dueñas y Francisco Estevan.

Además Mathias Estevan y Phelipe Estevan, (de los que no especifica la población, pero si atendemos a la relación de colmeneros deben ser de San Asenjo).

Sastres.

Hay cuatro sastres que también son labradores.

En Orillares: Manuel hortega maior de 18 años, hixo de Martin.

En Espexa: Sevastian Venito, que tiene labranza y está inhavil para trabajar con ella por ser cojo.

En Quixosa: Manuel Benito.

En La Inojosa: Leonardo Peñaranda.

Sachristanes.

En Orillares: Cristoval Plaza.

En Quixosa: Antonio Garcia.

En la Inojosa: Juan de Miguel maior.

En Espexa y San Asenjo: Manuel de Miguel hixo de Agustina Domingo, maior de 18 años.

Colectores de diezmos.

En Quixosa: Antonio Garcia.

En Espexa y San Asenjo: Marcelino Encavo.

En Orillares: Gabriel Moreno.

En La Inojosa: Eugenio Miguel.

Molineros.

En Orillares: Pedro de la Puente, con una muela en el arroyo Mimbre y un artefacto para aserrar madera.

Mesoneros.

En Espexa: Manuel Moreno.

En La Inojosa. Joseph Lopez.

En San Asenjo: Juan Delamata.

En Quisoxa. Esteban Llorente.

Taberneros.

En Quisoxa: Geronimo de la Puente.

Pastores

Rafael de Pablo, ganado cabrío, en Espexa.

En el Monasterio: Domingo, hijo del dicho, mayor de 18 años.

Juan de Sevastian, hixo de Juan maior de 18 años, en San Asenjo.

Juan hixo de Juan Estevan, mayor de 18 años, pastor de Marcelino de Encavo y otros vecinos de Espeja.

Felipe de Peñaranda, ganado lanar del monasterio, en Quijosa.

Thomas Juez, ganado lanar, en Orillares.

Matheo de la Poza, en Quixosa.

Francisco Gonzalez, ganado vacuno, en Quixosa.

Pedro García, guarda de los cerdos de ella.

Juan de Martin, ganado vacuno de La Inojosa.

Francisco Esteban, guarda de los panes de La Inojosa.

Isidro de la Mata, ganado de cerda en La Inojosa.

Juan Gonzalez, guarda de los panes de Guijosa.

Juan dela Mata, guarda de los panes y de los cerdos de Orillares.

Manuel de Estevan, guarda de los panes y de los cerdos de Espeja.

Thomas Juez, guarda de los montes de esta villa y su concejo, de San Asenjo.

Juan de la huerta, guarda el despoblado de san Juan de Cañicera, de Guijosa.

Trilleros

En la aldea de Orillares hacen y venden trillos, además de ser labradores: Juan de Hortega, Antonio Venito, Geronimo Jorge, Pedro Lagunas y Manuel de Encavo.

Venden madera

Los vecinos de esta villa Francisco Peñaranda, Marcelino Encavo, Francisco Llorente, Bernardo de Diego, Manuel Gomez y Juan de Hortega venden un carro de madera todos los años.

Otros

Thomas Venito fabrica y vende yeso, de Espeja.

Pedro García fabrica y vende armaduras de canales, de Guixosa.

Labradores

Nicolas de Encavo, además de fiel de fechas es labrador y tiene un criado, Julian de Briongos mayor de dieciocho años.

Carlos Jorge tiene en la labranza a si hijo Geronimo, mayor de dieciocho años.

Joseph Llorente tiene en la labranza a su hijo Joseph, maior de dieciocho años.

Manuel Gomez, Domingo Encabo, Manuel Moreno maior de dias, Gabriel Lopez maior de dieciocho años, Sevastian Venito, Juan Manuel Verde maior de 18 años, Manuel Venito, Leonardo de Peñaranda, Manuel Moreno menor de dias, Jacinto Santiago, Francisco del Valle, Juan Estevan maior de sesenta años y su hijo Juan maior de dieciocho.

Juan de Hortega morador en Orillares, Antonio Venito imposibilitado para ello y su hijo Antonio maior de dieciocho años, Geronimo Jorge, Juan Crespo que trabaja en el monasterio, Pedro Lagunas maior de sesenta años, Manuel de Encavo, Manuel Varrio mayor de sesenta años, Juan Barrio, Pedro Hortega mayor de 60 años, Antonio de las Dueñas mayor de 18 años, Felipe De lamata, Manuel de las Dueñas mozo, Manuel de las Dueñas maior, Bernardo de Diego y su hijo Sevastian maior de 18 años, Isidro de las Dueñas, Juan de Martin.

Geronimo de las Dueñas, Francisco Estevan, Mathias Estevan, Phelipe Estevan, Juan de Miguel maior de días también maior de sesenta años, Antonio Garcia morador de Guijosa, Marcelino de Encavo morador en Espeja.

Gabriel Moreno maior de sesenta años, en Orillares, Eugenio Miguel, Francisco hixo de Francisco Peñaranda, Geronimo Miguel hijo de Agueda Domingo, viuda, Geronimo Sevastian hixo de Miguel, Juan de Miranda hixo de Mathias, Pedro Elvira, Manuel Andres hixo de Juan, Francisco de la Zeña hixo de Rosa Romero viuda, Estevan Sanz hixo de Maria Perez viuda, Andres y Lucas Peñaranda hixos de Juana de Aguilera viuda, Marcelino de Lucas hixo de Juan, Phelipe Llorente hixo de Ambrosio, Juan Llorente hixo de Ambrosio.

Andres de Huerta hixo de Angela Izquierdo viuda, Domingo hixo de Joseph Anton, Manuel hixo de Juan Andres.

Esteban Alonso, Romualdo de la Camara y Geronimo Puente trabajan para si y para otros. Los tres de Guijosa.

Lucas Gomez de San Asenjo está asalariado con Miguel de Arribas de Molinos de Salduero.

Marcos Andres.

arriba

El Catastro del Marqués de la Ensenada

Entre 1750 y 1754, en los 15000 lugares con los que contaba la corona de Castilla, se realizó una minuciosa averiguación a gran escala de sus habitantes, propiedades territoriales, edificios, ganados, oficios, rentas, incluyendo los censos; incluso de las características geográficas de cada población. Se formalizó sobre un impreso llamado interrogatorio que se publicó como epígrafe A del Real Decreto de 10 de octubre de 1749.

Aquí se transcribe lo relativo al municipio de Espeja, con dos precisiones: Hay palabras que no he conseguido interpretar, bien porque no he dado con su significado en el contexto o porque está emborronada la hoja y puede que haya otras que haya leido mal, pues en algunos casos he imaginado lo que ponía. Si alguien quiere completar o precisar algo no tiene más que enviarme un correo. Las copias de los originales las tiene publicadas el Ministerio de Cultura y se pueden descargar del enlace que se encuentra al final.

Para facilitar la búsqueda cuando comienza una nueva imagen la señalo con dos números entre paréntesis, el primero son las tres últimas cifras del nombre de la imagen descargada (AGS_CE_RG_L012_461.jpg sería _461) y el segundo el número de la página en el documento. El resultado será (_461- 447)

Villa de Espeja y sus Aldeas

(_449-135)En la Villa de Espexa a trece días del mes de julio año de 1752 ante el Señor Don Manuel de Zises Juez subdelegado por S.M. para la presente obra de Única Contribición comparecieron Carlos Jorge y Juan de Miguel alcaldes ordinarios en esta enunciada Villa, Juan de Lamata, Manuel de Encavo, Francisco Martin, Manuel de Zecilia y Mathias García regidores de ella y Juan de Estevan procurador síndico general de esta referida Villa y su consejo que componen su ayuntamiento, mediante que sus aldeas no usaron jurisdición (_450-136) separada, ni el término tiene distinción ni corte alguno por ser iguales en uso su aprovechamiento. También comparecieron Manuel y Nicolás de Encavo moradores en el casco de esta villa, Ambrosio Llorente morador en la aldea de Guixosa, Mathias Estevan morador en la de San Asenjo, Juan de Lucas morador en la de Orillares y Gerónimo López morador en la de La Inojosa peritos nombrados por el expresado ayuntamiento. Asímismo comparecieron Miguel de la Cuesta vecino de la villa de Fuentearmegil, alcalde nombrado por ésta para el despoblado de San Juan de Cañicera y Andrés de Cabrerizo procurador síndico general de dicha Villa, Francisco de la Fuente alcalde nombrado para el mencionado despoblado por su villa de Alcubilla de Avellaneda y Juan de Aguilera procurador síndico general de ella en cumplimiento del auto que se les notificó el día ocho de este mes para responder junto con los peritos de esta villa a las preguntas del Interrogarorio en razón al mencionado despoblado de Cañicera. Y estando asi todos juntos a presencia del Reverendo Párroco Sr. Miguel de Corella Del horin de San Gerónimo y su Monasterio prior y cura párroco en la Iglesia de esta Villa el nominado Sr. Juez les tomó y recivio juramento por Dios mio Sr. y a una señal de cruz en devida forma y los susodichos y cada uno despues le hicieron bien y cumplida(_451-137)mente vajo de el ofrecieron decir verdad de lo que supieren en razón del contenido de las preguntas del interrogatorio que se les ponga presente siendo preguntados por todas de la letra A respondieron a cada pregunta lo que se sigue

1.- Cómo se llama la población

A la pregunta digeron que esta villa se llama Espexa i comprende en su término y jurisdición las aldeas de la Inojosa, San Asenjo, Orillares i Guijosa sin divisa de el haciendo todas con la expresada villa un consejo así para el nombramiento de oficios como para las contribuciones generales i provinciales

2.-Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.

Dijeron que la villa es realenga.

3.-Qué territorio ocupa el término, cuánto de Levante a Poniente y del Norte al Sur, y cuánto de circunferencia, por horas y leguas; que linderos o confrontaciones y que figura tienen, poniéndola al margen.

Dijeron que el territorio que ocupa su término es desde el cierzo al avrego cinco cuartos de legua y otros cinco desde el solano al regañon y en circunferencia cinco leguas. Confronta por el cierzo con la villa de Ontoria del Pinar, por abrego con la de Fuente armegil y despoblado de San Juan de Cañicera por el solano con la villa de Santa María de las Oyas y Muñecas y por el regañon con la villa de Quintanarraya, su figura la del margen.

Nota

Los moradores de la aldea de Guijosa de este consejo tomaron y tienen a censo perpetuo el término del despoblado de San Juan de Cañicera al Real Monasterio del horden de San Venito de San Pedro de Arlanza con las villas de Fuente Armexil y Alcubilla (_452-138) de Avellaneda con la pensión perpetua de quarenta y siete reales y dos maravedies de vellon y doze gallinas anualmente que para su pago reparten entre ellas con igualdad el cual de dicho término digeron los expresados Alcaldes del enunciado despoblado y Procuradores generales de las nominadas Villas junto con los peritos de esta expresada de Espeja y su Consexo tiene de largo trescuartos de legua y de ancho uno i en circunferencia dos leguas, confronta con cierzo con el término de esta villa de Espexa y por ávrego y solano con el de la dicha de Fuente ármegil y regañon la de Quintanilla Pedro Nuño, su figura la del margen: se compone de tierras de cultivo de secano que por ser de las mismas calidades del terreno de esta villa son de igual producir en todo es en ... quatrocientas fanegas poco más o menos las que tienen divididas y partidas entre si reconociendo cada concejo su suerte y de estas corresponden a esta Aldea ciento y treinta fanegas hademás de las que todos tres consejos han enagenado a varios particulares de sus villas y las que tienen los de la referida aldea de Guijosa constan en sus respectivos Memoriales, un prado de siega y secano dep....... de dos fanegas de sembradura y las demás de tierra inculta por naturaleza y en ellas algunos brezos y enebros bajos y su pasto sirve para los ganados de los pueblos interesados sin utilidad (453-139) a ninguno de sus Comunes, y si es solo por haver en el alguna caza menor, la tiene cada uno anual de treinta reales de Vellón poco más o menos ...... y que el ..... ni pagan el servicio de ...... ; De los Diezmos de el .....per.. un ....el Rey... el dexa la tercera parte a la .... de Fuentearmegil el otro la Dignidad episcopal y Cavildo de la Catedral de Osma por mitad y el otro los Racioneros della y del dejan cuarta parte a Don Balthasar de Leon cura en dicha villa de Fuenteearmegil

4.- Qué especies de Tierra se hallan en el Término; si de Regadío, y de secano, distinguiendose si son de Hortaliza, Sembradura, Viñas, Pastos, Bosques, Matorrales, Montes, y demás, que pudiere haber, explicando si hay algunas, que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren sola una, y las que necesitan de un año de intermedio de descanso.

Dijeron que las especies de tierra que se hallan en su término son de secano y todo de sembradura, ha excepción de unos huertos o setos mui cortos con algunos arboles frutales que sirven para ortalizas y otras legumbres y de ellos solo los de la aldea de Guixosa son de regadio. La especie de tierra de secano no produce mas de una cosecha al año con otro de descanso ha excepcion de las herrenes que en esta villa y sus aldeas se hallan que aunque son de secano producen todos los años sin descanso una cosecha en verde para forraje de las labranzas porque por ser casariegas no pueden sazonar los frutos; tambien hay prados segaderos de secano, porque aunque un prado que hay en la aldea de Guixosa repartido entre sus moradores se dice en sus memoriales que se riega es de resultas de aguas que van a los huertos (_454-140) y los dejan en el concepto de secano, ay heras, pastos, imontes que son los que estan deslindados en el memorial Del Común, y aunque uno de ellos tiene el nombre de matorral no los ai ni vosques, ni viñas.

5.- De cuántas calidades de Tierra hay en cada una de las especies, que hayan declarado, si de buena, mediana, e inferior.

Digeron que la especie de sembradura de secano tiene tres calidades, buena mediana e inferior que corresponde a las que en los memoriales se dice primera segunda i tercera; Que los huertos de regadio y secano y las herrenes de esta villa y sus aldeas son cada una en su especie de una calidad que es buena, los prados tiene las tres calidades que las tierras de secano y las eras de esta villa y sus aldeas son de una calidad.

6.- Si hay algún Plantío de Arboles en las Tierras, que han declarado, como Frutales, Moreras, Olivos, Higueras, Almendros, Parras, Algarrobos, &c.

Dijeron que en su término se hallan hechos plantíos de sauces y chopos en virtud del real decreto que se expidio el año pasado de mil setecientos cuarenta y ocho, hay árboles de ciruela, tal cual parra, peral, guindal i algunos nogales.

7.- En cuáles de las Tierras están plantados los Arboles que declararen.

Dijeron que el plantío de árboles silvestres esta hecho en los censos consejiles, los ciruelos, parras, perales y guindales en los huertos, y los nogales están en las tierras de sembradura.

8.- En qué conformidad están hechos los Plantíos, si extendidos en toda la tierra, o a las márgenes: en una, dos tres hileras; ó en la forma que estuvieren.

Dijeron que los árboles silvestres están puestos por orden en cinco hileras, los ciruelos, las parras, perales y guindos al margen de los huertos y los nogales sin orden en la extensión de las tierras.

(_455-441)9.- De qué medidas de tierra se usa en aquel Pueblo: de cuántos pasos, o varas castellanas en cuadro se compone: qué cantidad de cada especie de Granos, de los que se cogen en el Término, se siembra en cada una.

Dijeron que la medida de tierra de que usa este pueblo es por fanegas o celemines y no saben de cuantos pasos o varas castellanas se componen cada una porque nunca asi lo han practicado, pero la fanega de tierra de mediana calidad llena más extensión que la buena, y la de inferior que la mediana y se siembra la de buena calidad con veinticuatro celemines de cañamones, de trigo con doce celemines; de cebada con quince y de avena con diez,.... las especies de que es regular sembrarse: la fanega de tierra de mediana calidad se siembra de trigo con diez celemines; de cebada con doce, de centeno y avena con ocho de cada especie; la de inferior calidad se siembra de centeno con seis celemines y de avena con cinco; los huertos asin de regadio como de secano sirven para hortaliza y legumbre en corta cantidad; las herrenes se siembran de cebada y centeno y no regulan que llena cada fanega de tierra por ser impracticable sacar en especie de grano su producto por consumirse en verde como lo expresan en la pregunta cuarta,pero su utilidad la regularán a dinero como la de los huertos en la pregunta correspondiente.

10.- Qué número de medidas de Tierra habrá en el Término, distinguendo las de cada especie, y calidad: por ejemplo: Tantas fanegas, o del nombre, que tuviere la medida de tierra de sembradura, de la mejor calidad: tantas de mediana bondad, y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies, que hubieren declarado.

Dijeron que es dificil expresar las medidas de tierra de sembradura, que de sembradura habrá en su término, mas consideran sobre poco mas o menos que seran (_456-442) las que existen del casco de esta villa doscientas ochenta fanegas de buena calidad: de mediana trescientas sesenta y de inferior cuatrocientas cincuenta; de la especie de prados de buena calidad doce fanegas; de mediana cuatro; y de inferior tres; de herrenes cinco; de huertos seis; y de heras diez, incluyendo las que goza el Monasterio. De la aldea de Inojosa seran las medidas de tierra de buena calidad doscientas fanegas; de mediana doscientas cincuenta y de inferior trescientas noventa; de la especie de prados de buena calidad cinco fanegas; de mediana seis y media; de las de inferior cuatro; de las herrenes tres y media; y de huertos diez fanegas y de heras seis: La aldea de Orillares tendrá de medidas de tierra de sembradura de buena calidad ciento cincuenta fanegas; de mediana ciento sesenta y de inferior ciento noventa; de la especie de prado segadero de buena calidad doce fanegas, de mediana vinticinco, de inferior trece; de herrenes dos, de huertos cinco; y de heras cuatro;la aldea de San Asenjo tendrá de medidas de tierra de buena calidad cuarenta fanegas, de mediana noventa y de inferior doscientas; de especies de prado segadero de buena calidad cinco fanegas; de mediana seis y de inferior otras seis; de herrenes tres, de huertos dos y media y de heras cuatro; la Aldea (_457-143) de Guijosa seran las medidas: de tierra de sembradura de buena calidad ciento cuarenta; de mediana trescientas sesenta y de inferior doscientas ochenta; en especie de prado segadero de buena calidad tres fanegas, de mediana cinco y de inferior ocho celemines, de herrenes diez fanegas, de huertos de regadio quince y de heras cinco fanegas.

11.- Qué especies de frutos se cogen en el Término.

Dijeron que las especies de frutos que cogen en su término son trigo, cebada, centeno, avena, cáñamo, ortaliza, legumbre, en las huertas ciruela, pera, guinda, nuez i de estas especies en poca cantidad, hierba, cera y miel.

12.- Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie, y calidad de las que hubiere en el Termino, sin comprender el producto de los arboles que hubiese.

Dijeron que la fanega de tierra de sembradura de buena calidad con una ordinaria cultura produce de trigo cinco fanegas, de cebada ocho, de avena nueve y de cañamones no se coge por comerlo las aves y no granar por arrancarlos sin sazón, de cáñamo produce cuatrocientos y ochenta cerros (manojos de cañamo despues de rastrillados y limpios), esta especie es en poca cantidad lo que se siembra; la fanega de mediana calidad produce de trigo cuatro fanegas, de cebada seis, de centeno tres y de avena cinco; la de inferior calidad produce de centeno tres fanegas y de avena cuatro; Una fanega de sembradura en especie de prado segadero de buena calidad produce cuarenta y ocho arrobas de hierba, la de mediana treinta y la de inferior quince; el producto de los huertos, les es (_458-444) dificultoso hacer regulación por la variedad de legumbres y hortalizas que en ellos se pone, pero su utilidad la consideran a la fanega de regadio sesenta y dos reales a la de secano sesenta, las eras sin embargo de ser para pasto de los ganados y a su tiempo para trillar los vecinos sus mieses no pagan al Común nada pero si se arrendaran valdría de renta cada fanega seis reales; en punto a las herrenes no pueden declarar su producto en especie de grano por la razon que tienen expresada en las preguntas anteriores pero regulan de utilidad cada fanega de sembradura en cuarenta y ocho reales cada año.

13.- Qué producto se regula darán por medida de Tierra los arboles que hubiere, segú la forma, en que estuviera hecho el plantío, cada uno en su especie.

A esta dijeron regulaban de utilidad a cada arbol de ciruela, guindal y parra ocho maravedies y a cada pera diecisiete maravedis y a cada nogal cuatro reales, a los arboles silvestres no se la regulan por ser tenues y no tener estimación en el pais, leña, ni hoja.

14.- Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los Frutos, que producen las Tierras del Término, cada calidad de ellos.

Dijeron que el valor que tienen ordinariamente un año con otro los frutos que se cogen en su término es la fanega de trigo por ser centenoso trece reales, la de cebada ocho, la de centeno nueve, la de avena cuatro, la fanega de cañamones dieciocho reales, el cerro de cáñamo dos maravedies que a este respecto valen lo que produce la fanega veinte y ocho reales y cuartillo la arroba de cerda un real, la azumbre (_459-445) de miel tres reales, livra de cera seis, arroba de lana diecinueve, un cordero seis lo mismo un cabrito, un cerdo tetón siete, un pollo veinticuatro maravedies.

15.- Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del Termino, como Diezmo, primicia, Tercio_Diezmo, u otros; y a quien pertenecen.

Dijeron que los derechos que están impuestos sobre las tierras de su termino son diezmo y primicia, de los diezmos se hacen tres tercios y en ellos solo entra los frutos de trigo, cebada, centeno, corderos y cabritos, y el uno percibe la R Hacienda dejando la tercera para la fabrica de las Iglesias de esta villa y aldeas, porque en cada una se diezman los que causan sus moradores; el otro el cura de la villa y de cada aldea en mies Del Monasterio de San Geronimo que existe en su termino a quien pertenece dicho tercio, y en el otro hay rediezmo y se distribuye en esta forma la mitad de la Iglesia Catedral de Osma la otra dicho Monasterio por donación que le hizo la dignidad episcopal de dicha Catedral; el diezmo de lana se parte solamente entre los curas parrocos de esta villa y sus aldeas y el cabildo de dicha catedral; la avena es privativa para el expresado Monasterio; diezmo de yerba cerdos y cáñamo, el de huertos y herrenes y demas cercados, pollos, vacuno y pollinas, y diezmos de soldadas de pastores y guardas del campo es privativo (_460-446) para los dichos curas párrocos de esta villa y sus aldeas sin comunicar nada a los interesados en los frutos granados; las primicias las percibe el Monasterio y paga cada vecino cosechero de cinco fanegas media de cada especie de las de trigo cebada centeno y avena sobre que esta impuesto este derecho.

16.- A que cantidad e Frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie; o a que precio sulen arrendarse un año con otro.

Dejeron que a punto fijo no pueden decir lo que montaran los referidos derechos de cada especie pero segun su juicio y en un quinquenio poco más o menos sera el todo que se causa en las .... de esta villa y sus aldeas. De trigo en cada un año cuatrocientas cincuenta fanegas, de cebada ochenta y de centeno noventa y de avena ciento treinta; de crias de corderos y cabritos ciento cuarenta; de lana ocho arrobas; Y lo .... de diezmos en grano de las herrenes yerba crias y menudos que pertenece a los curas de las iglesias de esta villa y sus aldeas valdrían en dicho quinquenio cien ducados y fijamente pueden decir que por las terceras reales que actualmente tiene este concejo en arrendamiento pagan todos los años mil cuatrocientos diecinueve reales y veinticuatro maravedies y el derecho de primicias valdrá en un quinquenio y en cada un año al expresado Monasterio dieciseis fanegas de trigo, doce de (_461-447) cebada, catorce de centeno, y quince de avena poco más o menos, y sobre todo se remiten a las ......

17.- Si hay algunas Minas, Salinas, Molinos Harineros, u de Papel, Batanes, u otros Artefactos en el Término, distinguiendo de que metales, y de que uso, explicando sus Dueños, y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.

A esta pregunta dijeron que en su término se hallan cinco molinos arineros los dos del Monasterio de San Gerónimo, el uno con dos ruedas sito sobre el río seco y su utilidad regulan en cincuenta y dos fanegas de trigo, y a Manuel Varragán vecino de la villa de Uceda rentero de dicho molino le regulan por el de utilidad veinticinco fanegas de trigo y quince de centeno;el otro con una rueda sito sobre el arroyo de Orillares que sirve para el avasto de dicho Monasterio y si se arrendara regulan valdria en renta anualmente vientisiete fanegas de trigo, Otro es de varios vecinos de la Aldea de Guijosa, sito sobre dicho río seco, que los que son consta del Memorial dado por el Alcalde o Pror (¿procurador?) que para su gobierno y distribución de días que cada vecino ha de moler, todos los años, el cual si se arrendara valdría cinco fanegas de trigo porque solo muele en el invierno tres meses poco más o menos; el otro es tambien de vecinos moradores de la aldea de Inojosa con una rueda sito sobre el arroyo de Aldea Suso, el que tiene para su gobierno su alcalde o Pror que reparte los dias para moler entre los interesados en la misma forma que el de Guijosa y solo muele en (_462-448) el invierno tres meses poco más o menos y si se arrendara valdría seis fanegas de trigo; el otro y último es propio de Pedro de la Puente morador en la aldea de Orillares con una rueda sito sobre el arroyo Mimbre cuyo utilidad regulan en veinte fanegas de trigo; tambien hay junto a este molino un artefacto propio del dicho Pedro de la Puente para aserrar madera con el agua del expresado molino y su utilidad regulan en cuatrocientos cincuenta reales, no hay nada mas de lo que contiene la pregunta.

18.- Si hay algún Esquilmo en el Término, a quién pertenece, qué número de Ganado viene al Esquileo a él, y que utilidad se regula da a su Dueño cada uno.

Dijeron que el esquilmo del término de esta población consiste en el de colmenares, montes, pastos, y prados, y ganados de todas especies que los que son de cada una utilidad que regulan a cada cabeza es en esta forma verificase consisten en dicha villa y sus aldeas ciento y diecinueve vacas de casta y a cada una por aumento y cria las regulan de utilidad en cada un año veintedos reales; treinta y tres pollinas de vientre y a cada una de utilidad en cada un año dieciseis reales; cuatro mil ochenta y tres cabezas de ganado lanar y a cada una de utilidad dos reales y medio; dos mil trecientas seis cabezas de ganado cabrío y a cada una de utilidad dos reales; ciento cincuenta y cinco cerdas de casta y a cada una de utilidad cuarenta reales.

19.- Si hay Colmenas en el Término, cuantas, y a quien pertenecen.

Dijeron que en su término hay doscientas (_463-449) doscientas cincuenta y siete colmenas, que sus dueños son los siguientes, Domingo Aguilera una, Francisco Hortega dos, Francisco Llorente una, Gregorio Encavo una, Jacinto Santiago tres, Juan Jorge una, Joseph Llorente dos, Juan Encavo una, Juan dela mata dos, Manuel Moreno mayor una, Manuel de Encavo dieciocho, Magdalena de Sienes una, Manuel de las Dueñas mozo una, Marcelino Encavo nueve, Nicolás de Encavo dos, Pedro Hortega mayor cinco, Sebastián de la Acena una, Ambrosio de Peñaranda una moradores todos son de la población de Espeja Manuel de Ortega dos, Manuel de Cecilia seis, Marcos Cuscurita colmena y media, Juan Miguel Mozo tres y media, Juan dela mata una, Juan Pascual dos, Agustín López tres, Eugenio Miguel una, Estevan Juanillo siete, Fernando Pascual cuatro, Gerónimo López dos , Gerónimo Miguel tres, Isidro dela mata una, Juan de Martin tres, Juan de Miguel mayor diez, Juan de Juanillo dos todos son moradores en la aldea de la Inojosa, Josepha Carazo una colmena, Mathias Estevan nueve, Francisco Estevan dieciocho, Veatriz Deortega tres, Andrés de Sevastian cuatro, Mathias Juez seis, Phelipe Esteban una, Juan Estevan tres, todos estos

Colmenar del Convento
individuos son moradores en la aldea de San Asenjo, Ambrosio Llorente una colmena, Antonio García dos, Juan Molinero cuatro, Francisco Molinero cinco, Pedro Cabrerizo dos, Mathias Molinero cuatro, y todos moradores en la aldea (_464-450) de Guijosa, Francisco Sanz seis, Geronimo deortega tres, Gabriel molinero dieciseis, Juana de Aguilera una, Manuel Encavo tres, Marcelino Ortega dos, María Pérez cuatro,Martín Moreno una, Pedro de la Puente una, Santos Sanz cuatro, Agustín de Costalago seis, Andrés hortega dos y estos son moradores en la aldea de Orillares, el Monasterio de San Gerónimo tiene treinta y nueve y regulan de utilidad a cada colmena cinco reales cada año.

20.- De que especies de Ganado hay en el Pueblo, y Termino, excluyendo las Mulas de Coche, y Cavallos de Regalo; y si algún Vecino tene Cabaña, o Yeguada, que pasta fuera de Término, donde, y de qué número de Cabezas, explicando el nombre del Dueño.

Dijeron que no hay más especies de ganado que las expresados y algunas caballerías mayores, cavallos bueyes y vacas destinados a las labranzas, pollinas para labores de ellas, y uso de las de casa, setenta y cuatro cabezas de novillos y novillas y veintidos vecerros procedidos de las vacas de casta, y de las de labranza que que los tienen para conservarlas que todas las dichas especies de ganado sus dueños tienen puestas en sus Memoriales de los que constará.

21.- De qué número de Vecinos se compone la Población, y cuantos en las Casas de Campo, o Alquerías.

Dijeron que el número de vecinos de que se compone esta población de villa y aldeas son ciento cincuenta y cuatro, en que se incluyen las viudas que dos hacen un vecino y son de esta forma, Espeja tiene treinta y ocho, Orillares vientinueve y medio, Guijosa treinta y cuatro y medio, San Asenjo dieciocho, y la Inojosa treinta y cuatro y ninguno en casas de campo ni alquerías.

22.- Cuántas Casas habrá en el Pueblo, qué número de inhabitables, cuántas arruinadas: y si es de Señorío, explicar si tienen cada una alguna carga, que pague el Dueño, por el establecimiento del suelo, y cuánto.

Dijeron que habrá en el casco de esta villa (_465-451) de Espeja cuarenta y dos casas havitables y cuatro sin havitadores, en la aldea de Orillares hay treinta y tres havitables y una sin havitador, en la de Guijosa treinta y ocho casas havitables y tres sin havitadores y dos arruinadas, en la de san Asenjo veinte habitables y una arruinada y en la de La Inojosa cuarenta casas habitables y una sin habitador.

23.- Qué Propios tien el Común, y a qué esciende su producto al año, de qué se deberá pedir justificación.

Dijeron que sin emvargo de los montes propios que este común tiene, no tiene de ellos ninguna utilidad fija porque ni se fabrica carvón, ni se vende leña, ni arriendan las yervas ni vellota si no es que se ..... algunos moruecos o sementales de cerda aunque muy pocos, pero tiene dicho común sobre poco más o menos, y en un quinquenio de provechos de multas y prendadas que se hacen para la conservación de dichos montes ochocientos reales. Asimismo de provecho de licencias para cortar leña para recalzar ruedas y cortar pinos, ervaje de los moruecos, fronteras renta de ...sera y otras menudencias que constara de los livros de Consejo a que se remiten; quedará en dicho quinquenio y en cada un año al expresado comun cuatrocientos reales.

24.- Si el Comun disfruta de algú Arbitrio, Sisa, u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con Copia, que acompañe estas diligencias: qué cantidad produce cada uno al año: a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal, o perpetuo, y si su producto cubre, o excede de su aplicación.

Dijeron que dicho Común no disfruta arvitrio ni otra cosa de lo que contiene la pregunta.

25,. Qué gastos debe satisfacer el Común, como Salario de Justicia, y Regidores, Fiestas de Corpus, u otras: Empedrado, Fuentes, Sirvientes, &c, de que se deberá pedir relación authentica.

Dijeron que dicho Común paga de (_466-452) salario todos los años quinientos reales vellon a la justicia i regidores, Iten al Fiel de Fechas veintidos ducados, y al alguacil dos y otros que por ser menudos no se acuerdan y se remiten al libro de cuentas.

26.- Qué cargos de Justicia tiene el Común, como Censos, que responda, u otros, su importe, por qué motivo, y a quien, de que se debera pedir puntual noticia.

A esta dijeron que las cargas que tiene este Común son por martiniega perpetua a favor del Monasterio de San Gerónimo de doscientas fanegas de cebada, tres mil seiscientos veinticuatro maravedies impuesta sobre todo su término que se pagan por los vecinos de el a proposicion de la hacienda raiz que cada uno tiene; Iten por dicha martinega paga anualmenta cada vecino casado al expresado monasterio, una gallina y medio real, y la viuda o viudo la mitad iten está cargado dicho común de veitinueve mil seiscientos ochenta reales vellon de diferentes censos al quitar a razon de tres por ciento de reditos en esta forma: uno a favor de la Vicaría de Fuente armegil de dos mil doscientos cuarenta y sieta reales vellon /depral (¿de principal?); otros censos a favor del Cavildo de la Cathedal de Osma de Principal de ocho mil doscientos reales vellon; otros dos a favor del convento de religiosas de Caleruega de seis mil cuatrocientos reales de principal; otro a favor del Convento del Carmen de Osma de tres mil y trescientos reales de principal. Otro a favor de la Capellania que goza Don ( _467-453) Gerónomo Coronel en la Parroquial de la Villa de Coruña de tres mil reales de principal; otros tres censos a favor del referido monasterio de San Geronimo de cuatro mil cuatrocientos treinta y tres reales de principal; y otro a favor de las ceremonias que para casar huerfanas son patronos el Cura y justicia de la villa de Canicosa de principal de dos mil cien reales de vellon los que se justifican por las cartas de pago que exhibieron y el motivo de su imposición han sido los preitos que se ha ofrecido a dicho consejo con el expresado monasterio, y otros para defensa de sus derechos.

27.- Si está cargado de Servicio Ordinario , y Extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.

Dijeron que esta población paga de servicio ordinario y extraordinario en cada un año setecientos setenta y siete reales y tres mil como resulta de las cartas de pago que tuvieron, cuia cantidad reparten entre los vecinos a proporción de la hacienda de cada uno a SM.

28.- Si hay algún Empleo, Alcavalas, u otras rentas eneajenadas: a quién : si fue por servicio pecuniario, u otro motivo : de cuanto fue, y lo que produce cada uno al año, de qué se deberan pedir los Títulos y quedarse con Copia.

Dijeron que las alcavalas de esta villa y su Consejo están enajenadas y las percive el Excelentisimo Conde de Coruña que no saven si por servicio pecuniario, u otro motivo y que lo que por ellas le pagan en cada un año son mil setecientos setenta y tres reales y ocho maravedies vellon.

29.- Quantas Tabernas, Mesones, Tiendas , Panaderás, Carnicerias, Puentes, Barcas sobre Rios, Mercados, Ferias, &c, hay en al Población, Término: a quién petenecen y que utilidad se regula puede dar al año cada uno.

A esta dijeron que de todo lo que contiene solo ai en dicha villa y en cada aldea un mesón y ninguno de ellos deja utilidad al consejo pero a Manuel Moreno mesonero (_467-454) en esta villa le regulan de utilidad por el cincuenta reales vellon, Estevan Llorente mesonero en la aldea de Guijosa otros cincuenta reales, a Juan dela mata mesonero en la de San Asenjo otros cincuenta a Joseph Lopez mesonero en la de la Inojosa cuarenta reales, en la de Orillares que anda por adra no consideran de utilidad alguna por no ser camino pasagero; tambien hay en esta mencionada villa y en cada una de sus aldeas una taverna que la sisa que se carga en ellas sirve para la paga de tres mil doscientos cuarenta y dos reales y medio en arcas reales que es lo que deven satisfacer en cada un año y por no alcanzar lo que de dichas tavernas sale al pago de dicha cantidad lo reparten entre vecinos por lo que no dejan ninguna utilidad al común y aunque en esta año no hay en esta villa tavarnero, si le hubiera por lo que en ella se consume regulan al tavarnero de utilidad cien reales de vellon; a Gerónomo de la Puente tabarnero en la Aldea de Guijosa le regulan cien reales, en la aldea de Orillares anda este año por adra, pero si hubiera tavarnero por lo que consumen le regulan de utilidad cincuenta reales, en la de San Asenjo también anda por adra, pero por lo que en ella se consume regulan al tavarnero de utilidad treinta reales, en la de la Inojosa tambien andan por adra, mas si huviera tavarnero le regulan de utilidad cien reales por lo que se consume: Asimismo en esta villa (_469-455) y aldeas panadería no regulan utilidad a los panaderos porque las mantienen por .... para el avasto publico y no se les considera ni dan nada al comun, Y de todo lo demás que contiene la pregunta no hay cosa alguna.

30.- Si hay Hospitales, de qué calidad, qué renta tienen, y de qué se mantienen.

Dijeron que en esta villa ni en sus aldeas no hay hospital alguno.

31.- Si hay algún Cambista, mercadr de por mayor, o quièn beneficie su caudal, por mano de Corredor, u otra persona, con lucro, e interés; y que utilidad se considera le uede reportar a cada uno al año.

Dijeron que no hai nada de lo que contiene la pregunta.

32.- Si en el Pueblo hay algún Tendero de Paños, Ropas de Oro, Plata, y Seda, Lienzos, Especeria, u otras Mercadurías, Médicos, Cirujanos, Boticarios, Escrivanos, Arrieros, &c. y que ganancia se regula puede tener cada uno al año.

A esta dijeron que en este pueblo y su Consejo hay un médico llamado Don Joseph Antonio Mateo cuya utilidad le es dificultoso regular pero según su juicio atendiendo a lo que le da esta villa en pan, el Monasterio de ella y los lugares de la circunvecindad se la consideran i rregulan en cuatro mil reales de vellon; también hay un cirujano que se llama Francisco Malmonge a quien por lo que esta villa le da de salario y lo demás que percive de utilidad dos mil reales vellon, Iten hay una votica propia del monasterio de San Gerónimo cuya utilidad les es dificil regular, por no tener práctica ni inteligencia en ella pero habiendo visto los emolumentos que en el memorial se ponen por dicho monasterio les parece es muy poca la utilidad que en el dice le da por lo dilatado que es el partido y consumo que tiene; Y atendiendo a esto regulan de utilidad dos mil reales vellon, en los que incluyen cuatrocientos reales que (_470-456) consideran pudiera gastar para los enfermos de los monjes y familiares de el, si se surtiera de botica forastera. Iten un escrivano Fiel de Fechos que se llama Nicolás de Encavo, a quién con lo que le da el consejo, y lo que gana en hacer inventarios cuentas y particiones, y otras diligencias le regulan de utilidad trescientos y treinta reales vellon; y finalmente hay un arriero que se llama Manuel Moreno, que trajina con tres pollinos en varios generos, y por ser tambien labrador solo se ocupa en la arriería la tercera parte del año, y por ella le regulan de utilidad trescientos reales vellon, teniendo presente para ello el modo con que mantiene su familia; a Atan... Izquierdo aprendiz de cirujano le regulan sesenta reales.

33.- Qué ocupaciones de Artes mecánicas hay en el Pueblo, con distinción, como Albañiles, Canteros, Albeytares, Herreros, Sogueros, Zapateros, Sastres, Perayres, Tejedores, Sombrereros, Manguteros, y Guanteros, &c. explicando en cado oficio de los que hubiere el número que hay de Maestros, Oficiales, y Aprendices; y que utilidad le puede resultar, trabajando meramente su oficio, al día a cada uno.

A esta pregunta dijeron que en esta población hay cinco carpinteros, que los que son, días que se ocupan, y jornal que ganan lo regulan en la forma siguiente:

Carpinteros y Canteros

A Martin de Hortega mediano que tambien es cantero le consideran empleado en estos oficios, ciento ochenta días, y en cada uno le regulan de jornal cuatro reales y a este respecto gana al año setecientos veinte, es morador en la aldea de Orillares. A Thomás Llorente habitante en ella le consideran empleado en dicho oficio de carpintero treinta y cuatro días y por no estar tan habil (_471-157) para dicho ejercicio por ser mayor de sesenta años le regulan de jornal en cada uno tres reales y a este respecto gana cientodos. A Carlos Jorge morador en esta villa que asimismo es labrador le consideran ocupado en dicho oficio ciento veinte días y en cada uno le regulan de jornal cuatro reales que a este respecto gana cuatrocientos ochenta. A Joseph Llorente morador en esta villa, que además de dicho oficio es tornero y labrador en el de carpintero y tornero le regulan empleado ciento ochenta días y en cada uno le regulan de jornal cinco reales gana en el año novecientos. A Miguel hijo del dicho, del mismo oficio de carpintero mayor e dieciocho años, le consideran que trabaja ha el ciento y ochenta días y le regulan de jornal en cada uno dos reales, gana trescientos sesenta.

Carreteros

Tambien hay seis carreteros que asimismo son labradores, cuyo jornal y días que se ocupan en dicho oficio le regulan en esta forma. A Manuel Gomez le consideran empleado en dicho oficio sesenta días, y en cada uno le regulan de jornal tres reales y medio gana doscientos diez. Lo mismo por otros tantos días a Francisco Valle, a Juan Estevan, al mismo respecto, por treinta días ciento y cinco reales y estos dos son moradores en la aldea de San Asenjo.(_472-458) A Domingo Encavo, y a Manuel Moreno menor en días les consideran empleados en dicho oficio cincuenta días, y al respecto de los tres reales y medio gana cada uno ciento sesenta y cinco. A Geronimo Santiago por treinta días que le consideran al mismo jornal gana ciento cinco, estos ultimos y Manuel Gomez son vecinos de Espeja. Iten hay dos herreros que asimismo son labradores, el uno se llama Manuel Varrio que vive en esta villa y asimismo es cerrajero, y en uno y otro oficio le consideran empleado ciento veinticinco dias, y en cada uno le regulan de jornal cuatro reales gana quinientos, sin embargo que es mayor de sesenta años. El otro se llama Juan Varrio, morador en la Aldea de Inojosa, y le consideran ocupado en su oficio de herrero cincuenta y cuatro días, y en cada uno le regulan de jornal tres reales gana ciento sesenta y dos.

Tejedores

Iten hay trece tejedores que todos son labradores menos Chistoval Plaza y Sevastian de Hortega, el primero morador en Orillares y el otro en esta villa, a cada uno le consideran empleado en dicho oficio ciento y ochenta días y el jornal diario regulan a dos reales y medio, ganan cada uno cuatrocientos y cincuenta. A Pedro Hortega sin envargo de ser mayor (_473-459) de sesenta años le consideran ocupado en dicho oficio ciento y ochenta dias, a razón de los dos reales y medio gana cuatrocientos y cincuenta. A Antonio de Dueñas hijo de Fhelipa de la mata mayor de dieciocho años le consideran empleado en dicho oficio cien días a razón de los dos y medio de jornal gana doscientos cincuenta. A Manuel de Dueñas mayor, por sesenta días que le consideran trabaja y por el mismo jornal gana ciento cincuenta. A Manuel de Dueñas menor, por cien días y el mismo jornal gana doscientos cincuenta. A Bernardo de Diego por noventa días y el propio jornal gana doscientos veinticinco reales. Todos son moradores de esta villa. A Isidro de Dueñas le consideran empleado en dicho oficio sesenta días al respecto de dos reales y medio de jornal gana ciento cincuenta. Juan de la mata por treinta día y el mismo jornal gana setenta y cinco, estos son moradores en Orillares. A Geronimo de Dueñas le consideran empleado en dicho oficio cien dias a razon de dos reales y medio gana doscientos cincuenta. Francisco Estevan por otros tantos días que le regulan y el mismo jornal gana doscientos cincuenta. Estos son moradores en La Inojosa. A Mathias Estevan le consideran empleado (_474-4760) en dicho oficio cincuenta dias a razon de dos reales y medio en cada uno gana ciento veinticinco. Phelipe Estevan por treinta días que le regulan y el mismo jornal gana setenta y cinco reales.

Sastres

Iten hay cuatro sastres que asimismo son labradores excepto Manuel hortega mayor de dieciocho años hijo de Martin morador en la aldea de Orillares a quien le consideran ocupado en este oficio ciento ochenta días a lo menos y en cada uno le regulan de jornal tres reales y medio y a este respecto gana seiscientos treinta. A Sevastian Venito sin embargo que tiene labranza y está inhabil para trabajar con ella por ser cojo le consideran ocupado en su oficio, ciento ochenta días a lo menos y a razon del expresado jornal gana seisciento treinta reales y es morador en esta villa, a Manuel Benito morador en la aldea de Guijosa y a Lorenzo Peñaranda morador en la de la Inojosa a cada uno le consideran empleado ciento veinte días a razón de tres reales y medio ganan cuatrocientos veinte reales.

Sachristanes

It. ay cuatro sachristanes en las iglesias de esta villa y aldeas de Inojosa, Orillares y Guijosa, que los que son y salarios que cada uno gana anualmente se expresa en esta manera; Christoval Plaza, sachristan en la iglesia de la aldea de Orillares, gana diecisite (_475-461) fanegas y media de trigo i seis reales en dinero. Antonio García sachristan en la aldea de Guijosa, gana veinte fanegas de trigo y sesenta reales en dinero.

Juan de Miguel mayor sachristan en la iglesia de la aldea de la de la Inojosa, gana diez fanegas de trigo, y quince reales en dinero.

Manuel de Miguel hijo de Agustina Domingo vecina de esta villa mayor de dieciocho años y sirve la sachristia de la Iglesia de ella y su anejo se San Asenjo, gana catorce fanegas de trigo y doce reales en dinero. It. es maestro de primeras letras en esta villa gana de salario cuatro fanegas de trigo.

Colectores de diezmos

It. hay cuatro colectores de diezmos de los que se causan en esta villa, y sus aldeas quienes perciben por su trabajo de cada quince fanegas de las tres especies de trigo cebada y centeno una, y un vellon de lana, y una cría, por lo que Antonio García colector de los de la aldea de Guijosa por esta razon de utilidad doce fanegas de trigo, cuatro de cevada y cinco de centeno, una cría y dos reales por el vellón de lana.

A Marcelino Encavo colector de los de esta villa y su anexo de San Asenjo le regulan quince fanegas de trigo, cinco de cevada y otras cinco de centeno, y una cría y dos reales por el vellon de lana.

A Gabriel Moreno colector de los de la aldea de Orillares, le regulan diez fanegas de trigo, cua (_476-462) tro de centeno y tres de cevada, una cría y dos reales por el vellon.

A Eugenio de Miguel, colector de la aldea de la Inojosa le regulan de Utilidad por razon de trabajo, catorce fanegas de trigo, cinco de cevada y tres centeno, una cría y dos reales por el vellón de lana.

Pastores

It. hay varios pastores de ganado lanar, cabrío y de cerda, guardas de panes, montes y de ganado vacuno, en que entran mozos asalariados, chicos de familia mayores de dieciocho años, y las soldadas que ganan unos a pan y otros a dinero, crías que les dan y ropas, sin embargo de que conste en los memoriales de sus amos y padres por no estar reguladas las crías y ropas lo hacen y declaran en esta manera.

Raphael Pablo pastor del ganado cabrío de esta villa gana de soldada treinta y siete fanegas de trigo y cevada mediado; Y Domingo hijo del dicho entrado en los dieciocho años que sirve de zagal en el Monasterio de San Geronimo gana ciento cincuenta y nueve reales. Juan de Sevastian hijo de Juan y mayor de dieciocho años que guarda el ganado cabrio de San Asenjo, morador en esta aldea gana cien reales.

Juan hijo de Juan Estevan morador en ella mayor de dieciocho años, pastor de Marcelino de Encavo, y otros vecinos de Espeja gana cientosesenta reales.(_477-463) Phelipe Peñaranda pastro del ganado lanar de dicho Monasterio morador en la aldea de Guijosa gana reguladas las ropas trescientos un reales.

Thomas Juez, pastor del ganado lanar en la aldea de Orillares, gana reguladas crias y ropas que constara de su memorial doscientos cincuenta reales en todo.

Matheo de la Poza pastor en la aldea de Guijosa reguladas las crias y ropas gano en todo doscientos treinta y dos reales. Francisco González guarda del ganado vacuno de la referida aldea de Guijosa, cincuenta y ocho fanegas de trigo y centeno mediado.

Pedro García guarda de los cerdos de ella gana diez fanegas de trigo y cevada mediado. Juan de Martín guarda del ganado vacuno de la aldea De Inojosa gana cincuenta fanegas de trigo y cevada por mitad.

Francisco Estevan guarda de los panes de ella gana once fanegas de dicho pan por mitad. Isidro de la Mata guarda del ganado de cerda de la expresada aldea gana catorce fanegas de trigo y cevada por mitad.

Juan Gonzalez guarda de los panes de la aldea de Guijosa gana ocho fanegas de trigo y centeno mediado. Juan de la Mata guarda de los panes de Orillares gana ocho fanegas de trigo y cevada mediado.

Y por la guarda de los cerdos de esta aldea diesz fanegas de dicho pan por mitad.

(_478-464) Manuel Estevan vecino de esta villa de Espeja guarda de los panes de ella gana doce fanegas de trigo y cebada mediado; y por la del ganado de cerda trece fanegas del expresado pan por mitad.

Thomas Juez morador en la aldea de san Asenjo guarda de los montes de esta villa y su consejo sin embargo de ser mayor de sesenta años gana sesenta y cuatro reales como tal guarda.

Juan de Huerta morador en la aldea de Guijosa guarda del término del despoblado de San Juan de Cañicera gana de salario ochenta y ocho reales.

34.- Si hay entre los artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevención de Materiales correspondientes a su propio Oficio, o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro Comercio, o entrase en Arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad, que consideren le puede quedar al año a cada uno de los que hubiere.

Dijeron que entre los artistas que hay en la población no hay ninguno que haga prevención de Materiales para vender a otro; pero algunos labradores y moradores en la aldea de Orillares que tienen la industria de hacer y vender trillos y a cada uno por ella le regulan en esta forma, a Juan de Hortega doscientos reales; a Antonio Venito doscientos cincuenta; a Geronimo Jorge sesenta reales: a Pedro Lagunas ciento cincuenta: a Manuel de Encavo ochenta; Iten hay otros vecinos de esta villa que son Francisco Peñaranda, Marcelino Encavo; Francisco Llorente; Bernardo de Diego, Manuel Gomez y Juan dehortega a quienes por via de industria de vender un carro de madera venturoso todos los años les regulan de utilidad diez reales a cada uno. It. a Thomas Venito vecino de esta dicha villa por la industria de fabricar y vender (_479-465) yeso le regulan de utilidad trescientos cincuenta reales; a Pedro García morador en la aldea de Guijosa por la industria de fabricar y vender armaduras de cama le regulan de utilidad cuarenta reales.

35.- Que numero de Jornaleros habrá en el Pueblo, y a como se paga el jornal diario a cada uno.

A esta pregunta dijeron que en este pueblo no hay ningún jornalero pero, pero que si le hubiera el diario que se le pagara sería dos reales y medio; hay en el labradores puros y mixtos cuya utilidad por los días que en sus oficios han considerado se emplean tienen regulado a cada uno en las preguntas que les corresponde; Mozos asalariados para dicha labranza, hijos de familia mayores de dieiocho años que trabajan en la hacienda propia de sus padres; un vecino asalariado y empleado en el trafico y uso de las carretas y otros sirvientes, y la utilidad que a cada uno regulan con la advertencia de que el labrador puro se emplea en trabajar con su labranza, y otros usos pertenecientes a ella, a lo menos ciento veinte días es en la forma siguiente:

A Nicolas de Encavo sin embargo del... que se ocupa en su oficio de Fiel de Fechos le consideran trabaja por si con la labranza escusando un criado los ciento veinte días. Tiene un criado para dicha labranza llamado Julián de Briongos mayor de dieciocho años a quien paga de soldada doscientos reales. A Carlos Jorge labrador mixto le consideran ocupado en la labranza sesenta dias, a su hijo Gerónimo mayor de dieciochoaños que trabaja con la labranza de su padre en (_480-466) Hacienda propia de este le regulan de soldada doscientos veinte reales.

A Joseph Llorente no le consideran nigún día empleado en la labranza pero a su hijo Joseph mayor de dieciocho años que trabaja con ella, escusándole un criado le regulan de soldada doscientos veinte reales.

A Manuel Gomez le consideran empleado en la labranza cien días.

A Domingo Encavo que por si trabaja con su labranza escusando un criado le regulan ocupa ciento veinte días.

A Manuel Moreno mayor de días le consideran ocupado con la labranza cuarenta y cinco días.

A Gabriel Lopez mayor de dieciocho años que le sirve para la labranza le regulan de soldada noventa reales.

A Sevastian Venito no se le carga nada por labrador a causa de estar imposibilitado para ello por ser cojo; Y a Juan Manuel Verde mayor de dieciocho años que le sirve para trabajar con la labranza le paga de soldada cien reales.

A Manuel Venito le consideran que trabaja para si con su labranza sesenta días.

A Leonardo de Peñaranda le regulan ocupado para el mismo trabajo otros sesenta días. A Manuel Moreno menor de dias le consideran ocupa trabajando para si con la labranza ciento veinte días.

A Jacinto Santiago y Francisco del Valle le consideran empleados en dicho trabajo ciento veinte días cada uno.

(_481-467)A Juan Estevan no le consideran por labrador cosa alguna por ser mayor de sesenta años pero a su hijo Juan que es mayor de dieciocho y trabaja para su padre con su labranza le regulan de soldada doscientos veinte reales.

A Juan de Hortega morador en Orillares le consideran trabaja por si con su labranza sesenta días.

A Antonio Venito no le consideran por labranza cosa alguna por estar imposibilitado para ello pero a su hijo Antonio que es mayor de 18 años le regularon doscientos veinte reales de soldada porque le sirve para trabajar con su labranza.

A Geronimo Jorge le consideran trabaja por si con su labranza ciento veinte días.

Y a Juan Crespo su entenado (hijastro) que sirve en el Monasterio de San Geronimo para la labranza y gana ciento noventa y tres reales.

A Pedro Lagunas no le consideran utilidad para la labranza por ser mayor de sesenta años.

A Manuel Encavo le regulan trabaja para si con su labranza ciento veinte días.

A Manuel Varrio no le consideran ocupado con su labranza como labrador cosa alguna por ser mayor de senta años.

A Juan Barrio le consideran ocupado con su labranza trabajando con ella y escusando un criado cuarenta días.

A Pedro Hortega no le consideran por labrador nada por ser mayor de sesenta años.

A Antonio de las Dueñas mayor de dieciocho años que sin embargo de ser tejedor trabaja (_482-468) con la labranza de Phelipa delamata su madre y por ocupado con ella le regulan de soldada diez ducados.

A Manuel de las Dueñas mozo le consideran trabaja con su labranza sesenta días.

A Manuel de las Dueñas mayor le consideran trabaja con la suya ciento veinte días. A Bernardo de Diego le consideran trabaja por ser con su labranza escusando un criado cincuenta días, y por lo que trabaja con ella su hijo Sevastian mayor de dieciocho años le regulan ciento cincienta reales.

A Isidro Dedueñas le consideran trabaja con su labranza ciento veinte días.

A Juan de Martín le consideran trabaja ocupado en dicho trabajo setenta días.

A Geronimo de las Dueñas, y a Francisco Estevan les consideran ocupados con sus labranzas trabajando por si noventa días a cada uno; A Mathias Estevan le consideran trabaja por si escusando un criado ciento veinte días.

A Phelipe Estevan le consideran trabaja por si con su labranza otros ciento veinte días.

A Juan Miguel mayor de días que lo es tambien de sesenta no le consideran ocupado con la labranza días algunos.

A Antonio García morador en la aldea de Guijosa le consideran ocupado con su labranza por si con ella ciento veinte días.

A Marcelino de Encavo vecino de esta villa (-483-469) le consideran ocupado trabajando por si con su labranza otros ciento veinte días.

A Gabriel Moreno morador en la de Orillares no le consideran ocupado con su labranza por ser mayor de sesenta años.

A Eugenio Miguel le consideran trabaja por si con su labranza escusando un criado ciento veinte dias: sin embargo de lo que respectivamente se les ha regulado ocupados en la recolección de diezmos de esta villa y sus aldeas; y los hasta aqui expresados son labradores mixtos por los oficios e industrias que les queda nominados; Y las soldadas que ganan los demás criados de estos constan en los Memoriales de sus amos y ... no Y lo que podian ganar los hijos de cada una mayores de dieciocho años quedan regulados, incluyendo el todo de dinero, pan, ropa y calzado: Hay en esta población ciento siete labradores puros en que se numeran las viudas incluyendo a los que tienen la edad de dieciocho años hasta los sesenta a quienes tienen considerado trabajan con sus labranzas, ciento veinte días; Y a los hijos de Familias entrados en los dieciocho años les regulan lo que pueden ganar de soldada en esta forma:

A Francisco hijo de Francisco Peñaranda que le sirve para trabajar consu labranza doscientos veinte reales.

A Geronimo Miguel hijo de Agueda Domingo viuda que la sirve para su labranza le regularon doscientos sesenta reales.

(-484-470) A Geronimo Sevastian hijo de Miguel porque le sirve para trabajar con su labranza le regularon ciento treinta y dos reales.

A Juan de Miranda hijo de Mathias y a Pedro Elvira su entenado a cada regularon ciento cincuenta reales.

A Manuel Andres hijo de Juan doscientos veinte.

A Francisco de la Zeña hijo de Rosa Romero vuida que le sirve para trabajar con su labranza le regulan doscientos veinte reales.

A Esteban Sanz hijo de Maria Perez viuda que también le sirve para trabajar consu labranza le regularon otros doscientos veinte reales.

A Andres y Lucas Peñaranda hijos de Juana de Aguilera viuda que la sirven para trabajar con su labranza les regularon a cada uno doscientos reales.

A Marcelino de Lucas hijo de Juan que le sirve para trabajar con su labranza otros doscientos reales.

A Phelipe Llorente hijo de Ambrosio le regularon doscientos veinte reales.

Y a otro hijo del mismo Ambrosio llamado Juan Llorente doscientos reales.

A Andres de Huerta hijo de Angela Izquierdo que la sirve para trabajar con su labranza le regularon doscientos veinte reales.

A Domingo hijo de Joseph Antón que le sirve para trabajar con su labranza le regularon otros doscientos veinte reales

(-485-471) A Manuel hijo de Juan Andrés que le sirve para trabajar con su labranza le regularon otros doscientos veinte reales.

Yt. ay tres jornaleros azendados que trabajan para si en sus haciendas cien días y en la ajena veinte cada uno, Y son Estevan Alonso, Romualdo Dela Cámara, y Gerónimo Puente moradores en la aldea de Guijosa; Lucas Gomez morador en la de San Asenjo que se halla asalariado con Miguel de Arrivas vecino del lugar de los Molinos de Salduero para el uso y trafico de las carretas gana de soldada quinientos reales de vellon ...... es Marcos ... Andrés que se .... a su casa como labrador no se le carga cosa alguna mediante no trabaja con su labranza. Si lo hace su mujer por ser estilo en el Pais que la mayor parte de mujeres trabajen con sus labranzas.

36.- Cuántos Pobres de solennidad havrá en la Población.

A esta dijeron que en esta población no hay mas de una mujer pobre de solemnidad.

37.- Si hay algunos Individuos, que tengan Embarcaciones, que naveguen en la mar, o Ríos, su porte, o para pescar, a quién pertenecen, y qué utilidad se considera de cada una a su Dueño al año.

Dijeron que en esta población no hay cosa de lo que expresa la pregunta.

38.- Cuantos clerigos hay en el pueblo.

A esta dijeron que en la población hay cuatro curas religiosos del Monasterio de San Gerónimo de ello por ser propios dichos curas del expresado Monasterio distribuidos en esta forma, uno en esta villa de Espeja y tiene por anejo a la aldea de San Asenjo; otro en la de la Inojosa; otro en la de Orillares y el otro en la de Inojosa. (se repite Inojosa, por lo que cabe suponer que uno es Guijosa)

39.- Si hay algunos Conventos, de que Religiones, y sexo, y qué número de cada uno.

A esta dijeron que en su término (_486-472) hay un Convento de Religiosos Gerónimos que se compone de veinte sacerdotes, dos ... y ocho donados profesos, y que sin embargo havido regularmente veintinueve religiosos sacerdotes.

40.- Si el Rey tiene en el Término, o Pueblo alguna Finca, o Renta, que no corresponda a las Generales, ni a las Provinciales, que deben extinguirse: quales son, como se administran, y cuanto producen.

A esta dijeron que en dicho termino y población no han conocido ni se dice haya finca o renta perteneciente a S.M. que no sea de las que corresponden a las Provinciales y Generales. En cuya conformidad se fenecieron dichas Preguntas a las que los nominados Peritos dijeron haber respondido la verdad cuanto a su conocimiento y pericia Dios mio les ha dado a entender asi por lo que toca al termino privativo de esta villa sus aldeas y Consejo, cuanto al despoblado de San Juan de Cañicera por lo correspondiente a lo que en el gozan los moradores de la aldea de Guijosa, en todo ello se afirmaron y haviedoles vuelto a leer estas respuestas en ellas dijeron se ratificaban. Firmolo el que supo con un testigo a ruego del que no sabe firmar, firmolo sumiso en Espeja a diecisiete de julio de mil setecientos cincuenta y dos De que yo el escribano doy fe: Don Manuel de Zises: Carlos Jorge, Manuel Ozilla: Ambrosio Llorente, Juan de Miguel: Manuel de Encavo: Nicolas de Encavo: Juan de Lucas: Andres Cabrerizo: por testigo Antonio García: ante mi Phelipe Pérez: - Enmendado=que las =tierras=ra=zio=o=o=M=bildo;delas=llorente=morador=diezyocho=a= entrerenglones=el Rey=seiscientos=(_487) n =valga Es copia de las respuestas generales que dan en la contaduria de nuestro cargo. Burgos veinte de Agosto de mil setecientos cincuenta y cuatro: Joseph A. de Huydobro, Pedro Alvarez

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Más información:

Catastro de Ensenada del Ministerio de Cultura:

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